Factura electrónica

Las entidades de depósito (bancos, cajas de ahorros, cajas rurales y cooperativas de crédito), como sector de actividad económica, están interesadas en la facturación electrónica porque son emisores (por sus propias operaciones o en nombre de terceros) y receptores de facturas (por los bienes y servicios que adquieren). Además, son el canal de gestión de cobro y financiación de gran número de transacciones comerciales, asociadas a instrumentos tales como cheques, efectos, recibos, etc.

Para aprovechar las ventajas que aporta la facturación electrónica, tales como, eliminación del papel, agilización de los trámites y disminución de los costes asociados al proceso de facturación, el sector financiero apoya la estandarización de este instrumento electrónico que todas las entidades de depósito puedan adoptar y utilizar en sus relaciones comerciales, tanto entre ellas como con sus clientes, inicialmente dentro del ámbito nacional, aunque sin perder de vista el entorno europeo. 

El sector financiero, de común acuerdo con la AEAT, propone un formato  estándar de factura electrónica dirigido a las entidades de depósito y, en general, a quienes estén interesados en adoptarlo y que reune las siguientes características: 

  • Cumplimiento de los requisitos legales establecidos y de las condiciones establecidas por la A.E.A.T. para la facturación telemática. Las principales disposiciones normativas sobre la facturación electrónica se pueden consultar en esta página de la A.E.A.T.
  • Universal: pueden utilizarlo todas las entidades de depósito y sus clientes.
  • De libre uso: su utilización y posterior modificación no está sujeta al pago de cánones o a la autorización previa de una organización ajena al sector.
  • Gratuito: se puede distribuir gratuitamente a las entidades de depósito y a sus clientes. 
  • Datos específicos de otros sectores económicos: Preparado para admitir información consensuada y relativa a otros sectores económicos
  • Información Factoring: Permite registrar, opcionalmente, datos específicos de Factoring.
  • Formato flexible, de fácil implementación e interoprabilidad, por lo cual, se ha seleccionado el lenguaje XML.

Nota importante:

Este formato de factura electrónica, nominado "eFactura_AEAT-CCI", ha sido traspasado con el nombre de "Facturae"  a la Administración Pública - Ministerio de Hacienda y Ministerio de Industria, Turismo y Comercio - que se han responsabilizado de su publicación, mantenimiento, evolución, divulgación y uso.

La Administración ha creado una web específica con el nombre " www.facturae.es" donde se encuentra publicada toda la información referida al formato de factura electrónica "Facturae".

Durante un tiempo, mantendremos toda la información publicada desde esta web de CCI sobre el formato de factura electrónica eFactura_AEAT-CCI con el fin de que pueda conocerse toda la historia y la evolución sufrida hasta llegar al diseño del  nuevo formato "Facturae".

Versiones anteriores publicadas del esquema xsd:

Nota: Les comunicamos que para el seguimiento de las actualizaciones y todo lo relacionado con esta normativa, puede suscribirse si lo desea al grupo de usuarios http://es.groups.yahoo.com/group/eFactura_AEAT-CCI/

 

 

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