Fuente: Deloitte legal
Con fecha 20 de diciembre, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (“ESMA”) ha emitido un comunicado con objeto de facilitar la implementación del código LEI (Legal Identity Identifiers) al amparo del marco normativo de MiFID/MiFIR. En el contexto de reporte de operaciones sobre instrumentos financieros (transaction reporting), MiFIR establece la obligación de que los intermediarios financieros que ejecuten operaciones con instrumentos financieros por cuenta de sus clientes identifiquen a sus clientes personas jurídicas con un código LEI. En las últimas semanas, tanto ESMA como las Autoridades Nacionales Competentes han comprobado que no todos los intermediarios financieros podrán obtener el código LEI de sus clientes personas jurídicas, con anterioridad al próximo 3 de enero de 2018. Bajo este escenario, ESMA otorga un período temporal de seis meses en los que permitirá que las referidas sociedades acepten la comunicación de operaciones en las que la fecha de emisión del código LEI sea posterior a la fecha de ejecución de la operación, bajo las siguientes premisas:
Se adjuntan los siguientes textos de referencia:. Declaración de la ESMA Comunicado de la CNMV sobre las medidas de ESMA para facilitar la introducción del código LEI para clientes personas jurídicas. Los comentarios están cerrados.
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Octubre 2021
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